Colombia prohíbe la importación de bienes producidos con trabajo forzoso tras la subida de un arancel estadounidense
Desde el 29 de septiembre de 2026, un nuevo decreto colombiano prohíbe la importación de mercancías producidas mediante trabajo forzoso y encomienda a la aduana nacional, la DIAN, su aplicación. El texto responde directamente a la subida, en julio de 2026, de un arancel estadounidense del 10 % al 12,5 % impuesto a Colombia por un control insuficiente sobre este mismo asunto.
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El gobierno colombiano firmó el decreto 1444 el 28 de septiembre de 2026, que entró en vigor al día siguiente. El texto prohíbe la importación de bienes producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso, definido como todo trabajo o servicio exigido bajo amenaza, sin consentimiento libre, según los convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por Colombia.
La DIAN, autoridad aduanera y fiscal colombiana, se convierte en el organismo encargado de hacer cumplir la prohibición. El Ministerio de Comercio debe, por su parte, elaborar registros de los sectores y cadenas de suministro consideradas de riesgo. Las mercancías consideradas no conformes pueden ser incautadas, garantizándose el derecho de defensa del importador mediante un procedimiento administrativo.
El decreto responde a una conclusión de la USTR estadounidense, que había considerado que Colombia no prohibía eficazmente estas importaciones, lo que había llevado a Washington a elevar del 10 % al 12,5 % su arancel adicional sobre las exportaciones colombianas, en el marco de la misma acción dirigida a 60 socios comerciales, entre ellos la propia China. Bogotá espera que este decreto pese a favor de una revisión de ese tipo, sin que se haya confirmado hasta la fecha ninguna supresión.
Para un importador, Colombia dispone ahora de su propio mecanismo de detección y bloqueo de mercancías vinculadas al trabajo forzoso, independiente de cualquier decisión estadounidense: la documentación de la cadena de suministro, en particular para el textil, la electrónica o determinadas materias primas, se convierte en un asunto aduanero colombiano de pleno derecho.
Qué cambia para un importador
Para un cliente que importa de China a Colombia, en particular en el textil, la electrónica o materias primas consideradas sensibles, este decreto significa que la DIAN puede ahora exigir una prueba de trazabilidad de la cadena de producción o bloquear un envío. Documentamos el origen de los materiales y el circuito de fabricación desde el lanzamiento de un pedido, para que nuestros clientes puedan responder sin demora a una solicitud de la DIAN en lugar de descubrir una carencia cuando la mercancía ya está en la frontera.
Las certificaciones que exige su país
En dólares, previo presupuesto, añadidas a la misma prestación de base.
América Latina Documentos de importación
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Certificado de origen (formulario del acuerdo de libre comercio cuando existe, como con Chile, Perú, Costa Rica o Ecuador), factura y lista de empaque con las menciones exigidas, traducciones al español o al portugués.
- Lista de los documentos exigidos por la aduana de su país
- Certificado de origen solicitado en China con el formulario correcto
- Factura comercial y lista de empaque con las menciones exigidas
- Revisión de los documentos antes de la expedición
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