RDC: el expediente documental electrónico se vuelve obligatorio en todo el país
Una nota circular interministerial del 17 de diciembre de 2025 impone la transmisión exclusivamente electrónica del expediente documental del comercio exterior, desde la ventanilla única integral (GUICE) hacia la aduana (DGDA). El despliegue, iniciado en Kinshasa, debe generalizarse a todo el territorio congoleño el 18 de febrero de 2026.
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Según la nota circular interministerial n.º 003/CAB/MIN/FINANCES/2025 y n.º 003/CAB/MIN.COMEXT/KKJ/2025, fechada el 17 de diciembre de 2025 y publicada por la Federación de Empresas del Congo, todo operador del comercio exterior debe transmitir su expediente documental (factura comercial, lista de embalaje, conocimiento de embarque, certificado de origen y documentos anexos) exclusivamente por vía electrónica entre el sistema de la Ventanilla Única Integral del Comercio Exterior (GUICE) y el de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Internos (DGDA).
La fase de prueba comenzó el 29 de diciembre de 2025 en Kinshasa (ciudad y aeropuerto), antes de una extensión a finales de enero de 2026 al «pulmón minero» (Alto Katanga y Lualaba), y luego a mediados de febrero de 2026 al Congo Central, donde se encuentra el puerto de Matadi. Toda operación de comercio exterior realizada fuera del circuito oficial del GUICE se declara irregular y expone al operador a sanciones administrativas y judiciales, según la misma nota.
La generalización obligatoria en todo el territorio está prevista para el 18 de febrero de 2026. A partir de esa fecha, un importador que siga presentando su expediente documental en versión papel o fuera del sistema GUICE se expone a un bloqueo de su expediente en aduana, sea cual sea el punto de entrada (Kinshasa, Matadi o los puntos mineros del este).
Están afectados todos los importadores registrados en la RDC, incluidos los que traen mercancías de China a través de un transitario o un agente de aduanas radicado en Kinshasa o en Matadi, que deberán asegurarse de que su transitario esté bien conectado al GUICE antes de enviar sus documentos.
Qué cambia para un importador
Para un cliente de Sorva que importa a la RDC, esto significa que el expediente documental (factura, lista de embalaje, conocimiento de embarque, certificado de origen) debe estar listo y ser exacto antes de la llegada del contenedor, ya que no podrá regularizarse en papel a última hora. Sorva puede preparar una factura comercial y una lista de embalaje conformes al formato esperado y transmitirlas de antemano al importador o a su transitario, pero no presenta ella misma el expediente en el GUICE ni despacha la mercancía en aduana en la RDC, papel que sigue correspondiendo al cliente o a su transitario local.
Las certificaciones que exige su país
En dólares, previo presupuesto, añadidas a la misma prestación de base.
África Occidental y Central Inspección previa a la expedición obligatoria
Previo presupuestoIn US dollars
Varios países de África Occidental y Central exigen una inspección previa al embarque por un organismo mandatado por el Estado, por ejemplo Bureau Veritas (BIVAC), Cotecna o SGS según el país, que expide el certificado exigido en el despacho aduanero.
- Identificación del organismo mandatado para su país
- Factura proforma y lista de empaque preparadas con la fábrica
- Acceso a la fábrica y mercancía lista el día de la inspección
- Nuestro propio control antes del paso del inspector
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